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Gerardo Blyde: «Acuerdo de Barbados determinó establecer con celeridad la habilitación de candidatos presidenciales»

El jefe negociador de la Delegación de la Plataforma Unitaria, Gerardo Blyde, se pronunció tras el anuncio realizado por el Reino de Noruega, país facilitador de las negociaciones con la administración de Nicolás Maduro, sobre el procedimiento para la revisión de las medidas de inhabilitación en Venezuela.

«El Acuerdo de Barbados determinó que debía establecerse una vía que con celeridad permita habilitar candidatos presidenciales», precisó Blyde en un mensaje divulgado por medio de su cuenta X, antes Twitter.

«El precedente con amparo cautelar está en el caso Manuel Rosales (Gobernador del estado Zulia) otorgado con la admisión del recurso. ¡Seguimos!», concluyó Blyde.

El Reino de Noruega, país facilitador de las negociaciones entre la administración de Nicolás Maduro y la Plataforma Unitaria, dio a conocer este jueves el procedimiento para la revisión de las medidas de inhabilitación en Venezuela, tras la firma de los acuerdos de Barbados.

«A los fines de implementar el precitado acuerdo, Las Partes han convenido el siguiente procedimiento para procurar la revisión de las medidas de inhabilitación dictadas por la Contraloría General de la República, a diversas personas que aspiran postularse como candidatos en las elecciones presidenciales del año 2024», reza parte del texto divulgado a los medios de comunicación.

A continuación el comunicado íntegro:

PROCEDIMIENTO PARA LA REVISIÓN DE LAS MEDIDAS DE INHABILITACIÓN ACORDADAS POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

En el «Acuerdo Parcial sobre la Promoción de Derechos Políticos y Garantías Electorales para Todos», suscrito en Barbados el 17 de octubre de 2023, Las Partes, designadas como el «Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela» y la «Plataforma Unitaria de Venezuela», acordaron que:

Se promoverá la autorización a todos los candidatos presidenciales y partidos políticos, siempre que cumplan con los requisitos establecidos para participar en la elección presidencial, consistentes con los procedimientos establecidos en la ley venezolana; asimismo conforme a los principios de celeridad, eficiencia y eficacia recogidos en la Constitución.

A los fines de implementar el precitado acuerdo, Las Partes han convenido el siguiente procedimiento para procurar la revisión de las medidas de inhabilitación dictadas por la Contraloría General de la República, a diversas personas que aspiran postularse como candidatos en las elecciones presidenciales del año 2024 (Los Interesados):

1. Cada uno de Los Interesados acudirá personalmente ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia para ejercer el recurso contencioso-administrativo que corresponda contra la medida de inhabilitación dictada por la Contraloría General de la República, acompañada de una solicitud de amparo cautelar, en el lapso establecido desde el primero de diciembre hasta el 15 de diciembre de 2023, en días continuos y sucesivos.

2. La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunciará sobre la admisión de la demanda y el amparo cautelar solicitado, conforme a los principios de celeridad, eficiencia y eficacia recogidos en la Constitución.

3. En la demanda presentada, y en declaraciones públicas, los Interesados se abstendrán de incorporar conceptos ofensivos o irrespetuosos contra las instituciones del Estado, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

4. Cada uno de Los Interesados asume el compromiso de:

a. Respetar la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes.

b. Cumplir con el deber de honrar y defender a la patria, sus símbolos y valores culturales; resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la Nación, recogido en el artículo 130 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

c. Acatar en el marco constitucional la decisión del Tribunal Supremo de Justicia que emane de este recurso.

d. Rechazar cualquier forma de violencia en el ejercicio político, así como cualquier tipo de acciones que atenten contra la soberanía, la paz y la integridad territorial de Venezuela.

CONSIDERACIONES GENERALES

Este documento complementa y desarrolla las condiciones electorales convenidas en el Acuerdo Parcial sobre la Promoción de Derechos Políticos y Garantías Electorales para Todos, suscrito entre las partes.

 

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