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Cierran tres sucursales de Supermercado Unicasa en Baruta

La “clausura temporal” además de la sanción de multa, le fue aplicada a tres establecimiento de la sociedad mercantil SUPERMERCADO UNICASA, C.A – @somosunicasa, RIF:J-00167552-3, por parte de la Alcaldía del Municipio Baruta.

Los supermercados cerrados fueron los que están ubicados en Colinas de Bello Monte (Av. Caroní. Entre Av. Cahama y Caura – y Calle Guaire) y en Cumbres de Curumo (Av. Lago de Maracaibo y Lago de Valencia).

El Servicio Autónomo Municipal de Administración Tributaria a través de su Dirección de Fiscalización emitió la resolución 00586 fechada este 16 de marzo, alegando que la empresa que tiene más de 30 años en el mercado venezolano. “No presentó la Declaración Jurada Mensual correspondiente al mes de febrero de 2022, dentro del lapso establecido…… lo cual constituye la presunta comisión de ilícito…”.

No obstante, una alta fuente ligada al gremio Nacional de Supermercados y Autoservicios, denunció y afirmó a lapatilla.com, que la empresa Unicasa realizó el pago correspondiente a los impuestos municipales, y que el dinero reposa en las arcas del municipio Baruta.

“Si pagamos en el banco, pero el portal (Baruta) no permite declarar dicho pago, tenemos bloqueada la cuenta en el portal”.

Ante la pregunta del por qué el bloqueo para el pago de impuestos municipales, el vocero contestó: “Porque no hemos pagado lo que pide Fospuca, quieren seis mil dólares mensuales, y no estamos de acuerdo con esa cantidad, entonces como no hemos pagado el servicio de aseo, nos bloquean en el portal de la alcaldía”, enfatizó.

La fuente indicó que este 15 de marzo se vencía el plazo, y agregó que la empresa Unicasa es responsable y puntual con el pago de los tributos.

Así mismo, también se pudo conocer que una situación similar estaría el atravesando El Patio Supermercados, específicamente la sucursal ubicada en Santa Fé Norte, también en el municipio Baruta.

Ante la respectiva denuncia surgen las preguntas que ya no precisamente son secretos a voces:

¿Puede un servicio privado de aseo bloquear el pago de un tributo tan importante como el impuesto municipal?.

¿Tiene facultad una empresa privada de estar por encima de un sistema o procedimiento de pago de un órgano gubernamental?.

¿Están las tarifas del servicio de aseo sinceradas y en concordancia con la denominada “armonización tributaria” emanada desde el Tribunal Supremo de Justicia, con la realidad económica del país, y con el poder adquisitivo de los venezolanos?.

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