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Señalan que la Ley de Extinción de Dominio puede ser aplicada a hechos que se hicieron antes de ser aprobada

El abogado y diputado a la Asamblea Nacional por el estado Táchira, Julio Garcia Zerpa, reiteró que la función de la Ley Orgánica de Extinción de Dominio es establecer mecanismos e identificar los tributos de bienes para su recuperación.

«Esta es una figura de derecho patrimonial, es indiferente o autónomo de la acción penal. Por eso caminan de manera paralela», detalló Zerpa.

Zerpa, aclaró que la persona puede tener el proceso penal por un lado para demostrar si es culpable o no y paralelamente habrá un juicio civil el cual solo se va a derimir la legimitividad de los bienes.

«Esa persona debe demostrar que adquirieron esos bienes de manera legítima, sino lo hicieron, la consecuencia no es una condena penal sino es la extinción de dominio de esos bienes», mencionó el diputado.

A juicio de Zerpa, esta Ley es una herramienta importante e interesante para combatir un flagelo que tienen afectado el país.

En una entrevista concedida al programa 2+2 que transmite Unión Radio, explicó que esta Ley también puede ser aplicada a hechos que se hicieron antes que se aprobrara.

«Que hoy en el 2023 me compruebes la legitimidad de tus bienes, porque problamente estes teniendo un enriquecimiento sin causa», concluyó.

Con información de Unión Radio

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Source: Descifrado

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