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El portero de un edificio en Punta del Este ganó un juicio y le deberán pagar más de 85 mil dólares por horas extras trabajadas

La suma podría subir hasta los 116 mil dólares por el ajuste antes de su pago final

Un tribunal en Uruguay condenó a los copropietarios de una torre en Punta del Este a pagarle a su ex portero un total de 5.634 horas extra por un monto de 3.670.127 pesos uruguayos, más de 85.000 dólares americanos.

Se estima que este monto aumentará a valores cercanos a los cinco millones de pesos, más de 116 mil dólares, a partir del ajuste obligatorio por ley, luego de todo fallo judicial. Es decir, una vez que el fallo del tribunal quede firme, el monto a pagar podría aumentar a esa cifra.

El Tribunal de Apelaciones del Trabajo de 4º turno revocó, el 23 de febrero de 2022, un primer fallo que realizó el juez letrado de 9º turno de Maldonado, Diego Prieto. Él había desestimado la demanda del portero Sergio Daniel Pizzarro Cardoso por sus horas extra en el edificio Torres del Plata II, en el barrio de Punta del Este conocido como “La Punta”, indicó el medio local Correo de Punta.

El portero declaró que el magistrado de la primera instancia no hizo una valoración correcta de la prueba porque rechazó los distintos rubros de la demanda, como horas extras, incidencias en el cálculo de la licencia, salario vacacional y aguinaldo.

Se condenó, entonces, a los copropietarios del edificio a pagar las horas extra y los demás accesorios mencionados por el demandante. A juicio de los ministros del Tribunal, quedó “fehacientemente probado” que el portero tenía su horario de trabajo fijado desde las 6 de la mañana hasta las 2 de la tarde.

Por esa razón, se consideraron horas extra todas las tareas realizadas más allá de ese horario laboral. “Por otra parte, surgen agregadas a estas actuaciones las planillas de asistencias mensuales, que eran confeccionadas, informadas y suscritas por el actor. A su vez, los conceptos efectivamente abonados por la demandada se ajustaban a lo informado en tales planillas”, sostuvieron los ministros.

Tras el fallo del Tribunal, se estipuló que el portero trabajaba hasta catorce horas por día, cuando su horario de trabajo indicaba que eran ocho las que debía realizar.

Foto: Suprema Corte de Justicia en Uruguay
Tras el fallo del Tribunal, se estipuló que el portero trabajaba hasta catorce horas por día, cuando su horario de trabajo indicaba que eran ocho las que debía realizar. Foto: Suprema Corte de Justicia en Uruguay

“En tal sentido, la prueba diligenciada en autos resulta contundente en que el actor realizaba un horario más extenso a las 8 horas estipuladas e informadas por el propio actor en las planillas. En particular, no sólo quienes realizaban tareas asiduamente en el Edificio refieren haber visto al actor trabajar más allá de las 14 horas, sino que quienes fueran y aún siguen siendo sus compañeros de trabajo confirman lo expuesto”, agrega el fallo.

El tribunal tomó en cuenta los testimonios de otros trabajadores del edificio y de varios proveedores de servicio que aseguraron haber visto al portero más allá del horario de trabajo estipulado, aún cumpliendo funciones laborales.

Al momento de la demanda, el portero percibía un total de salario con un valor de 224 pesos uruguayos por hora, cinco dólares americanos. Eso indica que, si se hubiera puesto el valor real a sus horas trabajadas, serían 448 pesos, diez dólares americanos.

El fallo en segunda instancia del Tribunal fue apelado en casación por los propietarios del edificio, por lo que ahora la Suprema Corte de Justicia tendrá la última palabra al respecto.

Además, hay otra demanda en trámite ya que el portero fue despedido por los propietarios durante el proceso de las horas extras que también será juzgada por la Suprema Corte en la misma instancia judicial.

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